Empresas estatales

Presupuesto anual de caja

 

Las empresas estatales deben ceñirse a un presupuesto anual de caja, que debe ser aprobado a más tardar el 1º de diciembre del año anterior al de su vigencia, mediante decreto conjunto de los Ministerios de Hacienda y de Economía, Fomento y Turismo y que deberá llevar además la firma del ministerio a través del cual se relacionan con el gobierno. Este presupuesto comprende un presupuesto de operación, uno de inversiones y uno de contratación, desembolso y amortización de créditos.

Fuente:

Art. 11 Ley Nº 18.196 de normas complementarias de administración financiera, de personal y de incidencia presupuestaria.

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