Declaración de intereses y de patrimonio
Sus directores y gerentes deben realizar una declaración de intereses y de patrimonio dentro de los 30 días siguientes al ingreso y al cese en el cargo, y actualizarla anualmente en el mes de marzo de cada año.
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Artículo 4° N°7 Ley N° 20.880 sobre probidad de la función pública y prevención de conflictos de interés.