Empresas estatales

Ámbito de operaciones

 

Existen operaciones de empresas estatales a lo largo de todo el territorio nacional, algunas de ellas como Correos de Chile y Banco Estado tienen presencia en todo el territorio, en tanto otras tienen presencia en una determinada ciudad o región, como las empresas portuarias. 

 

No existen restricciones legales para que las Empresas Estatales puedan desarrollar operaciones internacionales, si dentro de su giro se encuentra la prestación de servicios o producción de bienes que sean susceptibles de transarse a nivel internacional.

 

Las Empresas Estatales pueden participar únicamente en los mercados en que se desarrollen las actividades empresariales para las cuales el Estado ha sido legalmente autorizado para participar.

 

Las Empresas Estatales se financian con recursos propios, con deuda y en casos especiales con aportes del Estado mediante aumentos de capital o transferencias.

Las Empresas Estatales no pueden contraer créditos con otras Empresas Estatales, con el Estado ni con órganos de éste, por prohibición constitucional.

Adicionalmente, para contratar créditos con instituciones privadas, las Empresas Estatales requieren autorización del Ministerio de Hacienda.

 

Las Empresas Estatales pueden otorgar concesiones a particulares para que éstos desarrollen la actividad que se les ha autorizado por ley, siempre y cuando la propia ley que autorizó dicha actividad lo contemple expresamente.   

 

Si, en los casos y términos que se les exige a las sociedades anónimas privadas. Esto es, cuando son emisoras de instrumentos de oferta pública (sociedades anónimas abiertas cuyas acciones se transan en bolsa y sociedades que hayan emitido bonos).

 

Sí, deben contar con auditoría externa, puesto que los estados financieros que presentan ante la CMF deben ser auditados por una empresa auditora externa, por así requerirlo la NCG N°30.

En cuanto a la auditoría interna, todas ellas cuentan con una unidad de Auditoría Interna o alguna unidad que desempeñe dichas funciones.  

 

Pueden aquellas sociedades estatales que estén constituidas como sociedades anónimas abiertas, que son aquellas sociedades que transan sus títulos en bolsa. Actualmente Zofri S.A. es la única empresa pública que transa acciones en la bolsa.

 

Las Empresas Estatales no pueden contratar empréstitos con el Estado, sus organismos o empresas, puesto que lo prohíbe expresamente el Artículo 63 Nº 9 de la Constitución Política de la República (CPR). Con entidades privadas sí pueden contratar préstamos, contando con autorización del Ministerio de Hacienda para ello.  

 

Sí, pero al igual que en el caso de las deudas con entidades nacionales, requieren para ello autorización del Ministerio de Hacienda.