¿Cuándo los pasivos financieros de las Empresas Estatales forman parte de la deuda pública?
Los pasivos financieros de las empresas estatales se consideran parte de la deuda pública sólo cuando las deudas de las empresas estatales cuentan con la garantía estatal establecida en la Ley N° 19.847 en cuyo caso dicha deuda se considera deuda pública directa, y en consecuencia, los montos correspondientes a su pago se incluyen como parte de la glosa servicio de la deuda pública en la Ley de Presupuesto de cada año.