Empresas estatales

¿Cómo se distribuyen las utilidades en las Empresas Estatales?

 

Se debe distinguir entre sociedades estatales y empresas públicas creadas por ley. En relación con las primeras, éstas se rigen por las normas aplicables al tipo de sociedad de que se trate, es decir, tratándose de sociedades anónimas, se pagará como distribución de utilidades o dividendos el monto que determine la Junta Ordinaria de Accionistas que se pronuncie sobre la materia; y, en el caso de sociedades por acciones, se estará a lo que dispongan sus estatutos o, en su defecto, se aplicarán las normas de las sociedades anónimas cerradas. 

En el caso de las empresas públicas creadas por ley, a ellas se aplica un impuesto de 40% (Artículo 2° Decreto Ley N°2.398), adicional al impuesto a la renta.

Ello en definitiva constituye una forma de pago de utilidades a su dueño. 

Por otra parte, el ministro de Hacienda, mediante decreto supremo, puede ordenar el traspaso a rentas generales de la Nación o de otras instituciones o empresas del sector público las utilidades netas que arrojen los balances de las Instituciones o empresas del Estado. (D.L. N°1.263, de 1975, artículo 29).